ARIT-LPZ-RA-1109-2020 En el presente caso se basa en el tiempo de suspensión de la prescripción, como resultado se deja sin efecto el tributo omitido e intereses del IVA y del IT (Revocación Parcial)

ARIT-LPZ-RA-1109-2020 En el presente caso se basa en el tiempo de suspensión de la prescripción, como resultado se deja sin efecto el tributo omitido e intereses del IVA y del IT (Revocación Parcial). Se mantienen firme en la omisión de pago y la multa por incumplimiento.

ARIT-LPZ-RA-1101-2020 “Por regla general la norma vigente al momento del inicio del cómputo del plazo de prescripción, es la norma con la cual debe realizarse el mismo, aun si de manera posterior a dicho plazo hubiere sido cambiado”, deja sin efecto parte de la resolución del SIN por no conceptualizar el término de la* irretroactividad legal*

ARIT-LPZ-RA-1101-2020 “Por regla general la norma vigente al momento del inicio del cómputo del plazo de prescripción, es la norma con la cual debe realizarse el mismo, aun si de manera posterior a dicho plazo hubiere sido cambiado”, deja sin efecto parte de la resolución del SIN por no conceptualizar el término de la* irretroactividad legal*, la sanción del contribuyente no puede evolucionar como la norma, si se penalizo con una norma anterior debes seguir con esa.

ARIT-CBA-RA-0484-2017 Revocación Parcial de la sanción por omisión de pago del Impuesto a las Transacciones debido a que la AIT declaró la prescripción de la facultad de la Administración Tributaria de exigir el pago de los adeudos tributarios

Revocación Parcial de la sanción por omisión de pago del Impuesto a las Transacciones debido a que la AIT declaró la prescripción de la facultad de la Administración Tributaria de exigir el pago de los adeudos tributarios, los mismos que transcurrieron ininterrumpidamente por un lapso de 5 años en los que la Administración no rechizó acción alguna

ARIT-CBA-RA-0369 Revocación parcial sobre la sanción por al presentación de declaraciones juradas fuera de plazo, quedando demostrado que las facultades de la Administración encuentran em vigencia al momento de imponer la sanción, sin embargo el RC IVA de los periodos fiscales de 2008 ya prescribieron

Revocación parcial sobre la sanción por al presentación de declaraciones juradas fuera de plazo, correspondientes al IT, IVA, y RC IVA, quedando demostrado que las facultades de la Administración encuentran en vigencia al momento de imponer la sanción, sin embargo el RC IVA de los periodos fiscales de marzo y junio de 2008 ya prescribieron

ARIT-CBA-RA-0365-2017 El SIN determinó Auto multa por presentación de declaraciones juradas fuera de plazo, aludiendo que las facultades de la administración se encuentran vigentes, sin embargo de los antecedentes revisados por la AIT afirmó que las facultades de la administración para imponer sanciones que corresponden al IVA, IT, IUE de la gestiones 2007 y 2008 se encontraban prescritas

El SIN determinó Auto multa por presentación de declaraciones juradas fuera de plazo, aludiendo que las facultades de la administración se encuentran vigentes, sin embargo de los antecedentes revisados por la AIT afirmó que las facultades de la administración para imponer sanciones que corresponden al IVA, IT, IUE de la gestiones 2007 y 2008 se encontraban prescritas

ARIT-CBA-RA-0368-2017 Revocación parcial de la resolución sancionatoria por Incumplimiento de presentación de LCV de ,os periodos fiscales de 2011, el SIN demostró que las facultades de la administración tributaria se encontraban vigentes al momento de emitir la sanción y que se aplicó la sanción mas benigna para el contribuyente

Revocación parcial de la resolución sancionatoria por Incumplimiento de presentación de LCV de ,os periodos fiscales de 2011, el SIN demostró que las facultades de la administración tributaria se encontraban vigentes al momento de emitir la sanción y que se aplicó la sanción mas benigna para el los periodos fiscales octubre, noviembre y diciembre de 2011 del contribuyente

ARIT-CHQ-RA-0258-2014 Multas por Incumplimientos a Deber Formal, sanción del SIN que no corresponde, ya que la Normativa no indica, ni sanciona el “Registro en Libro de Compras IVA sin errores”, pero si aplica una multa por lo errores en los Libros de Compras IVA (presentados por el módulo Da Vinci LCV).

Multas por Incumplimientos a Deber Formal, sanción del SIN que no corresponde, ya que la Normativa no indica, ni sanciona el “Registro en Libro de Compras IVA sin errores”, pero si aplica una multa por lo errores en los Libros de Compras IVA (presentados por el módulo Da Vinci LCV). El contribuyente explica que el cumplió con los los requisitos que debe contener el Libro de Compras y Ventas IVA en cuanto a formato y datos mínimos, también señalo que la resolución impugnada sanciono dos veces por un error en fecha y nro. de autorización el los Libros de Compras IVA, se verificó que existen errores en los LCV en los periodos de octubre y diciembre de 2011 que corresponde a una multa de 150 UFVs por Acta.