ARIT-CHQ-RA-0013-2012 Resolución Sancionatoria revocada por no existir obligación del dependiente de presentar descargos al RC-IVA y la incorrecta diferenciación entre Agente de Retención con Agente de Información al emitir sanción. (Abril 2008)
La Administración Tributaria emite Resolución Sancionatoria con una multa de 5000 UFV’s por el Incumplimiento al Deber Formal por la no presentación de la Información del Software RC IVA (Da Vinci) del mes de abril 2008, al evidenciarse que el contribuyente tiene un dependiente con un sueldo mayor a Bs. 7000.-.
El contribuyente menciona que el dependiente no proporcionó la información (Form. 110) para consolidarla y enviarla al SIN, y que aun así cumplió con la obligación de pago en su calidad de Agente de Retención con el Form. 608.
La ARIT evidenció que la normativa con la cual se le sanciona es con el subnumeral 4.3. del anexo A de la RND 10-0037-07 que corresponde para Agentes de Información y no así para Agentes de Retención que es el art. 4 de la RND 10-0029-05; demostrando que se vulnero el Principio de Tipicidad la Resolución queda revocada.